Padrón municipal
El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
Documentación general inscripción:
En el supuesto de extranjeros, según la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España (art. 3º, punto 2), también deben aportar:
Altas
Por omisión:
Se realiza el alta por omisión cuando residiendo habitualmente en el término municipal, no se figure inscrito en el Padrón de municipio alguno.
Por cambio de residencia procedente de otro municipio:
Por nacimiento (documentación original):
Procedimiento normal. El nacido se inscribirá en el Registro Civil que, a través del Instituto Nacional de Estadística, lo comunica al Ayuntamiento de A Coruña.
Procedimiento especial. También se podrá dar de alta a los nacidos cubriendo la solicitud de alta, presentando el Libro de Familia en el que conste su inscripción, el certificado de nacimiento y el documento en el que conste la guarda y custodia del menor (si lo hubiera).
En el supuesto de que se inscriba con un solo progenitor deberán firmar el alta los dos progenitores con fotocopia DNI de ambos.
Si no pueden firmar los dos progenitores el DNI o documento justificativo original y cubrir el impreso de declaración responsable para alta cambio de domicilio de menores.
Documentación a presentar en los distintos supuestos
Empadronamiento en un domicilio en el que ya hay personas inscritas en el padrón municipal:
Si no puedo justificar con documentación la utilización de la vivienda:
Normas para el empadronamiento de menores
Empadronamiento de un menor en un domicilio distinto al de los padres:
Si por cualquier motivo uno de los progenitores no puede firmar el impreso del cambio de domicilio o el de alta, debe aportar:
Si los menores se empadronan con los dos padres:
Si los menores se empadronan solo con uno de los padres:
Si los menores se empadronan solo con uno de los padres y el otro está ausente, (por lo que no puede firmar:)
Si los menores se empadronan solo con 1 de los padres por separación o sentencia judicial,
Si los menores se empadronan con 1 de los padres que están incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1c) o 152.3c) del Código Civil
Modificaciones
Por cambio de domicilio en el propio Ayuntamiento:
Se trata de alteraciones de datos que figuran en el Padrón que no afectan a la condición de residente habitual.
Datos personales:
Se trata de variaciones en los datos personales posteriores a la inscripción, así como las que se derivan de la corrección de errores materiales.
Baja en el padrón municipal
Baja por defunción:
Una vez inscrita la defunción en el Registro Civil, el Ayuntamiento realiza la baja de oficio con los datos que le facilita el INE (Instituto Nacional de Estadística).
En casos especiales, se dará de baja en el Padrón a los fallecidos presentando en el Ayuntamiento el Libro de Familia en el que conste el óbito del inscrito o el certificado oficial de defunción (documentación original).
Baja por traslado de residencia a otro municipio:
Se presentará el alta en el municipio de destino y el municipio de origen realiza la baja con los datos que le facilite el INE (Instituto Nacional de Estadística).
Baja por traslado de residencia al extranjero:
Se presentará el alta en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular de destino y el municipio de origen realiza la baja con los datos que le facilite el INE (Instituto Nacional de Estadística).
Certificados de padrón
Se puede emitir certificados de padrón de dos tipos:
Documentación a presentar
Para pedir el certificado es necesario presentar el DNI original (o documento acreditativo de su identidad).
En el caso de que la solicitud sea formulada por un representante deberá aportar una autorización por escrito y fotocopia del DNI (o documento que acredite su identidad)del representado.
Supuesto de persona fallecida
Expedición del certificado
El certificado se emite en el momento excepto para los siguientes supuestos:
En estos casos se cubre la solicitud del certificado a la espera de recibir el certificado.
Justificante o volante de empadronamiento
Documentación:
Quienes acrediten un interés legítimo (autoridades públicas o requerimiento judicial) pueden solicitar el volante de empadronamiento de otra persona.
Este volante se puede solicitar en el apartado de trámites on-line en la página web municipal: www.coruna.es
Justificación de utilización de la vivienda
(Obligatoriedad de presentar documentación original)
Si en la vivienda no figura nadie empadronado con anterioridad se justificará su utilización aportando documentos que la acrediten, siendo los más habituales:
para los propietarios,
para los arrendatarios,
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