Ayuntamiento de A Coruña

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¿Qué se excluye de la base imponible del ICIO?

La base imponible del impuesto es el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, entendiéndose por tal el desembolso efectuado por los dueños de la obra que se integre en el presupuesto presentado para la obtención de la licencia correspondiente o la presentación de la declaración responsable o comunicación previa.

Por tanto, no deberán incluirse en el mismo ni los honorarios de los técnicos, ni los gastos de los proyectos de seguridad y salud, ni el beneficio industrial o los gastos generales del constructor, ni los tributos.

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