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Medio Ambiente, Sanidad, Cementerios, Parques y Jardines
Vigente:
Si
Inscripción en la base de datos municipal y del centro de recogida como Hogar de Acogida de animales domésticos, una vez verificado por el Ayuntamiento que se reúnen las condiciones establecidas para su reconocimiento.
Casa de Acogida de animales domésticos
Inscripciones:
Sobre el procedimiento
¿A quién va dirigido?:
Persona interesada
Requisitos:
Presentación de la Declaración Responsable (según modelo normalizado existente en la web y en los registros municipales)
No haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales, ni penal ni administrativamente, en los últimos 5 años.
No haber sido sancionado ni penal ni administrativamente, durante el mismo período, por infracciones en materia de seguridad ciudadana, Ordenanza de limpieza y Ordenanza de protección contra la contaminación acústica.
No hallarse inhabilitado, ni penal ni administrativamente, para la tenencia de animales.-
Tener plenas facultades y estar habilitado legalmente para solicitar el alta como hogar de acogida
Asumir las responsabilidades por daños que puedan causar los animales acogidos, en los términos del art. 1905 del Código civil.
Aceptación expresa de las actuaciones de verificación que pueda llevar a cabo el Ayuntamiento para comprobar que se reúnen los requisitos exigidos para ser inscrito como hogar de acogida.
Acompañar una descripción del alojamiento que se propone como hogar de acogida (metros cuadrados de la vivienda, lugar donde se alojará el animal)
Precio / Coste:
No procede
Órgano que resuelve:
Titular de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Cubrir el impreso de solicitud dirigido al Servicio de Medio Ambiente y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.
¿Cómo se hace?:
De forma presencial en el Registro General.En las ubicaciones indicadas más abajo.
Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento.
En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Existen una serie de obligaciones legales específicas para quien decida adoptar un animal. Pueden consultarse en este enlace de la web de Medio Ambiente.
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