IAPP
Presencial
Inspectora
Medio ambiente
Medio Ambiente, Sanidad, Cementerios, Parques y Jardines
Si
El titular de licencia de animal potencialmente peligroso que resulte propietario está obligado a inscribirlo en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos existente en el municipio en donde resida habitualmente el citado animal.
Los datos del registro municipal serán comunicados por el Ayuntamiento al Registro gallego de identificación de animales de compañía y potencialmente peligrosos, en el plazo máximo de 15 días, contados desde el momento de la inscripción de un animal potencialmente peligroso.
Inscripción de animal potencialmente peligroso en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos
Persona física, mayor de edad, propietaria del animal potencialmente peligroso.
Para solicitar la inscripción de un animal potencialmente peligroso es necesario ser propietario del animal y ser titular de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
En la solicitud deberá señalar si el animal lo tiene para compañía o guarda, defensa o caza.
La solicitud se presentará dentro de los quince días siguientes a la obtención de la correspondiente licencia municipal para tenencia de un animal potencialmente peligroso.
Tasa prevista en la ordenanza fiscal nº 10 (por prestación de servicios de sanidad preventiva relacionados con animales de compañía y otros servicios de prevención): 6,18 euros.
Titular de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Los datos que deberán constar, como mínimo, en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos serán los siguientes:
La omisión de la inscripción en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos es constitutiva de infracción administrativa grave, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 2.400 euros , sin perjuicio de las sanciones accesorias previstas en la legislación vigente, entre ellas, la confiscación y decomiso del animal, así como la suspensión temporal o definitiva de la licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Normativas relacionadas
Documentos relacionados
Cubrir el impreso de solicitud dirigido al Servicio de Medio Ambiente y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.
Deberá disponer de certificado digital .
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la instalación que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=342
Tres meses
Desestimatorio
Contra la Resolución que se dicte se podrán interponer los siguientes recursos:
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