RETVA
Telemático, Presencial
Descarga y envío del formulario
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Urbanismo e infraestructuras, Sector público
Movilidad
Si
Obtención de la autorización municipal para una reserva de espacio temporal de la vía pública para la realización de actividades como mudanzas, carga y descarga de materiales, descargas de combustible, carga y descarga de material relacionado con obras, vehículos de hormigonado, etc.
Reserva de espacio temporal de vía pública
Persona física o jurídica interesada en obterner la autorización municipal para una reserva de espacio temporal de la vía pública
Deberá solicitarse con un mínimo de tres días hábiles de antelación.
Autorización sujeta a tasa: ordenanza fiscal nº 25 reguladora de la tasa por entrada de vehículos desde la vúa pública, reservas de espacio para aparcamiento, cargas, descargas y otras actividades particulares y ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.
La carta de pago de las tasas correspondientes se podrá obtener en el edificio servicios económicos c/ Franja 20-22 C.P. 15001 A Coruña, o en el siguiente vínculo que le llevará a la Sede Virtual del Contribuyente.
Si no reside en el término municipal y sucede algún incidente electrónico que imposibilite realizar el abono de la tasa de forma telemática, deberá ponerse en contacto con el Servicio de Atención Telefónica 010 (981 18 42 78 para llamadas desde fuera del término municipal).
Titular de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Infraestructuras y Movilidad
Normativas relacionadas
En todos los casos
En caso de carga y descarga de material
En caso de trabajos en altura
En caso de trabajos en altura para obras
Informe previo del Centro Integral de Movilidad (CIMoB)
Se requiere este informe en los siguientes supuestos:
Este informe se solicitará al Centro Integral de Mobilidade (CIMoB) a través del correo salatrafico@coruna.gal.
Documentos relacionados
Cubrir el impreso de solicitud (modelo 062) y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.
El pago de las tasas es un depósito previo según lo dispuesto en las ordenanzas fiscales, por lo que el justificante del pago deberá adjuntarse a la solicitud.
La solicitud deberá realizarse con un mínimo de 3 días hábiles de antelación. El documento de solicitud, con registro de entrada, junto con la copia del pago de las tasas, sirve como justificante de la ocupación y se remitirá a la Policía Local para su señalización, excepto en los casos en los que se requiera informe previo de la oficina técnica de seguridad ciudadana o de la Policía Local.
Deberá disponer de certificado digital .
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la instalación que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
Si desea obtener la carta de pago de la tasa correspondiente se podrá obtener a través del siguiente vínculo en la Sede Virtual del Contribuyente.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=542
Desestimatorio
Contra la Resolución que se dicte, se podrán interponer los siguientes recursos:
- Recurso potestativo de reposición.
- Recurso contencioso-administrativo.
Otras versiones
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