Ayuntamiento de A Coruña

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PEADPCPT

2020 * Procedimiento excepcional: Aportación de documentación PRESCO con problemas técnicos.

Canales:

Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Tramitación electrónica

Tipo:

Ayudas, becas y subvenciones

Materia:

Sector público, Comercio

Órgano responsable:

Empleo, Empresa, Turismo, Puerto, Mercados, Consumo

Vigente:

Si

Procedimiento excepcional:

  • Deberá utilizarse este trámite para presentar EXCLUSIVAMENTE documentos previamente firmados y que no puedan presentarse mediante la subsanación ordinaria disponible en esta Sede municipal.

Se ha habilitado este trámite ante los errores que podrían producirse al firmar la presentación de documentos emitidos y firmados por Seguridad Social y Agencia Tributaria.

* Procedimiento excepcional: Aportación de documentación PRESCO con problemas técnicos.

Inscripciones:

Hasta el 30/09/2021

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Solicitantes de ayudas PRESCO que ya hubieran presentado solicitud y tengan problemas para la firma de documentación adjunta.

Requisitos:

Haber sido requerido para subsanar en algún trámite relacionado con su solicitud previa de subvenciones PRESCO para el año 2020 y tener problemas técnicos relacionados con la firma electrónica que imposibiliten la presentación de documentación bloqueada o previamente firmada mediante la subsanación ordinaria a disposición en esta Sede electrónica.

Precio / Coste:

Ninguno

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Innovación, Industria, Empleo y Consumo

Presentación

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Procedimiento de tramitación telemática obligatoria.

Internet

¿Qué se necesita?:

  • Deberá disponer de certificado digital.
  • Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
  • En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

  • A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitar

Teléfono

Después

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.
  • Cualquier otro que se estime procedente.

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