Ayuntamiento de A Coruña

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Solicitud de cita previa para autoliquidación de plusvalías por personas físicas particulares

El Servicio de Gestión Tributaria pone a su disposición el servicio de cita previa para la autoliquidación de plusvalías por personas particulares. El objetivo de este servicio es mejorar la atención al contribuyente concertando la fecha y la hora que mejor se adapte a sus circunstancias personales.

Para que puedan ser atendidos, en la Unidad de Registro e Información de la calle de La Franja, será necesario concertar la cita previa, para ello podrán hacerlo bien a través del formulario web adjunto o bien a través del Servicio de Atención Telefónica del 010.

Importante: No serán atendidos todos aquellos que no hayan efectuado dicha solicitud previa, teniendo cómo alternativa, para efectuar la autoliquidación del impuesto, la Oficina Virtual del Contribuyente  en el que pueden efectuarse tanto simulaciones como generar las autoliquidaciones y las cartas de pago, pudiendo realizar el pago a través de los medios y lugares indicados en el siguiente enlace https://sede.coruna.gob.es/pagos (Entidades colaboradoras Abanca, Banco Santander, Banco Sabadell, Caixabank, Banco Pastor y BBVA; Internet y aplicaciones móviles).

En aplicación de los artículos 14.2 a) y 14.2 c) de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas, las gestorías, asesorías, economistas, abogados, notarios, registradores de la propiedad o mercantiles y demás despachos profesionales que autoliquiden el Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) en nombre propio o de terceras personas deberán utilizar el servicio web de la Oficina Virtual del Contribuyente en el siguiente enlace. No obstante, en aquellos casos en que no resulte posible, por problema técnicos ajenos al solicitante, la generación de la liquidación podrá ponerse en contacto con el servicio telefónico de atención al ciudadano 010.

Solicitud de cita: A través del servicio de atención telefónica 010 o del formulario web que se adjunta. La concreción de la hora de la cita se remitirá a través del correo electrónico facilitado o bien a través del teléfono indicado en la solicitud.Horario de cita previa: De lunes a viernes entre las 9 y las 14 horas.Lugar: Oficina de la Calle Franja nº 20 (Servicios Económicos)   1ª planta.Tfno. de información: 010 - Horario de atención de lunes a viernes de 08:00h a 20.30h y sábado de 09:00h a 14:00h

Documentación Necesaria

A los efectos de poder realizar la autoliquidación del impuesto deberá aportar la siguiente documentación, en función de la modalidad:

Transmisión Inter vivos

En la modalidad inter vivos deberá aportar la siguiente documentación:

  • Copia del Documento Público de la Transmisión.
  • Copia del Documento Público de la adquisición
  • Documento de declaración de datos debidamente cubierto. (enlace documento)
  •  En caso de que actúe en representación de terceras personas debe aportar poder notarial o bien una autorización firmada por el representante y el obligado tributario junto con una copia del NIF de ambos.

Transmisión Mortis Causa

En la modalidad Mortis Causa deberá aportar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del certificado de defunción del causante.
  • Fotocopia de la relación de bienes que integran la herencia.
  • Identificación de todos los los herederos, incluidos los usufructuarios. Para ello debe presentar cubierto el modelo de declaración de datos (enlace documento)
  • En caso de que esté dentro de los supuestos de bonificaciones del 95% o del 30% previstos en el art. 9.2 de la Ordenanza Fiscal nº 53, y que estén relacionadas con la vivienda habitual del causante, deberá justificar (declaraciones del IRPF) la renta neta de la unidad familiar o convivencial (los empadronados así como los que residan habitualmente en la vivienda, incluido el causante).
  • En caso de que actúe en representación de terceras personas debe aportar poder notarial o bien una autorización firmada por el representante y el obligado tributario junto con una copia del NIF de ambos.

Enlace a documentación relacionada

Formulario de solicitud

Acceso al formulario de solicitud

Debe seleccionar en el desplegable :

Oficina:Registro Franja; Trámite: Realización de Autoliquidación de Plusvalía

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