29 de abril de 2019
Ante las dudas formuladas, queremos aclarar que son válidas como documento a presentar tanto la declaración de la renta del ejercicio 2017 como la del 2018. Así pues, en el apartado de valoración se tendrá en cuenta la declaración de la renta presentada, tanto si es la del 2017 como si es la del 2018.
Ante las dudas formuladas, queremos aclarar que a pesar de que en el antiguo documento publicado en castellano se hace referencia únicamente a la declaración de la renta del ejercicio 2018, son válidas tanto la del 2017 como la del 2018, tal y como figura en el documento en gallego y en el documento en castellano que se ha publicado en el día de hoy. Así pues, en el apartado de valoración se tendrá en cuenta la declaración de la renta presentada, tanto si es la del 2017 como si es la del 2018.
Consecuentemente, serán válidas las declaraciones de la renta presentadas, tanto del 2017 como del 2018.
Se adjunta el documento válido en castellano.
Convocatoria de Becas comedor 2019/20 (en el título hay un error material en la fecha) (1 MB)
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