El objeto de las subvenciones es la realización de actividades de cooperación internacional para la realización de actividades de cooperación o que persigan un interés social o humanitario en el exterior.
Las personas físicas, las jurídicas válidamente constituidas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
1º trimestre del año.
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