Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

Bono-taxi

¿En qué consiste?:

El objeto de esta prestación es conceder ayudas económicas individuales  a  personas con discapacidad, que por estar gravemente afectadas en su movilidad, tengan problemas para utilizar los transportes públicos colectivos, al objeto de proporcionarles un servicio de desplazamientos en taxi. 

Requisitos

- Ser mayor de 3 años.

- Residir en el Ayuntamiento de A Coruña y constar empadronada/o desde, por lo menos, 6 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes. El Ayuntamiento podrá exigir la acreditación documental de este extremo mediante la presentación de recibos de consumo periódico que acrediten el uso habitual de la vivienda.

- Tener reconocida legalmente la condición de discapacitado/a por el organismo competente de la Xunta de Galicia o Administración competente en la que conste que la discapacidad afecta gravemente a la movilidad e impide utilizar los transportes públicos colectivos.

- En caso de que la persona solicitante se encuentre en activo, no haber reconocido este beneficio por convenio colectivo, contrato laboral o cualquiera otro título acreditativo.

- No tener derecho a este servicio a través de ISFAS, MUFACE u otra entidad.

- Si la persona es mayor de 18 años, no constar como titular de vehículo. En el caso de las personas menores de edad no emancipadas, esta obligación se entenderá referida a quien ostente la tutela legal.

- No disponer de unos ingresos superiores al 210% del IPREM vigente.

- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Comunidad Autónoma de Galicia y con el Ayuntamiento de A Coruña, así como con la Tesorería de la Seguridad Social.

¿A quién va dirigido?:

Podrán acceder a la condición de personas beneficiarias  quienes tengan una discapacidad, reconocida por el organismo competente de la Xunta de Galicia o Administración correspondiente y que estén  gravemente afectadas en su movilidad y ello les impida utilizar los transportes públicos colectivos, siempre que requieran de este medio para su desplazamiento al exterior.

Organismo responsable:

Ayuntamiento

Plazo de presentación:

Normalmente a finales de año, principios del siguiente.

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Las solicitudes y documentación correspondiente se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, bien directamente o por cualquiera de los medios establecidos en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

  1. Solicitud debidamente cumplimentada en el modelo específico. Deberá incluir obligatoriamente los siguientes datos:
  • Nombre y apellidos de la solicitante y/o persona que ejerza la representación.
  • Dirección completa y actualizada a efectos de notificaciones.
  • Número de teléfono móvil (obligatorio).

      2. Fotocopia del DNI de quien solicita y de los demás miembros de la unidad familiar.

La solicitud  podrá acompañarse de autorización firmada a favor del Ayuntamiento de A Coruña para realizar las siguientes comprobaciones:

  1. Existencia de certificado de discapacidad reconocida polo organismo competente de la Xunta de Galicia o Administración equivalente en el que conste que esta afectado gravemente a la movilidad y impida la utilización del transporte público colectivo.
  2. Realizar las comprobaciones oportunas de los certificados de pensiones positivo o negativo (expedido por el INSS o por la entidad que proceda), prestaciones, nóminas, así como la declaración de la renda o certificado negativo expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AET) del último ejercicio económico, tanto de la persona solicitante como de los restantes miembros computables para los efectos del cálculo de la capacidad económica.
  3. Comprobación de que la persona solicitante (o de quien ostente la tutela legal) non consta en la Dirección General de Tráfico como titular de ningún vehículo
  4. No tener la persona solicitante deudas pendientes de pago con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de A Coruña.
  5. Obtención do certificado de empadronamiento.
  6. Obtención de la documentación acreditativa de ser beneficiario o no del servicio gallego de apoyo a la movilidad  065.

En caso de no autorizar las comprobaciones oportunas, la persona interesada deberá presentar los documentos correspondientes que justifiquen las situaciones no autorizadas, o adherirse a lo establecido en la base 9.2.

Internet

Teléfono

Más información:

Sobre el procedimiento administrativo correspondiente a esta convocatoria, se podrá obtener documentación normalizada o información adicional en la Sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña: https://sede.coruna.gob.es  y en la Concejalía de Bienestar social, Igualdad y Participación, en la Calle Fernández Latorre nº 64-66. Entresuelo, CP 15006, A Coruña de forma presencial o telefónicamente  en el teléfono 981 184 200.

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