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Prestación económica de integración social de Xunta de Galicia (RISGA) - Pago períodico
Es una prestación periódica destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos, mediante un proyecto personalizado de inserción formado por un conjunto de acciones que mejoren la integración personal, familiar, social o laboral.
¿A quién va dirigido?:
Personas pertenecientes a colectivos específicos.
Organiza:
Consellería de Traballo e Benestar Social - Xunta de Galicia.
Requisitos:
Tener una edad comprendida entre 25 y 65 años, excepto:
Menores de esta edad que reúnan el resto de requisitos y que tengan menores a cargo
Mayores de 18 años que tengan reconocida la condición de minusvalía y no tengan derecho a prestación o ayuda de igual o análoga naturaleza
Mayores de 18 años, que antes de alcanzar la mayoría de edad, estuviesen tuteladas por la Xunta de Galicia e internadas en centros de protección de menores o en acogimiento familiar.
Mayores de 18 años, que reúnan el resto de requisitos, y estén en situación de orfandad absoluta y sin derecho a otras prestaciones o ayudas de similar naturaleza
Estar empadronado/a o tener residencia efectiva en cualquier ayuntamiento de la Comunidad autónoma de Galicia al menos durante 1 año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud ( excepto mujeres víctimas de violencia de género, emigrantes gallegos retornados siempre que fijen su residencia en Galicia, ciudadanos de otros estados no miembros de la Unión Europea que además necesitarán acreditar su residencia legal en España en el momento de presentar la solicitud de RISGA
Tener constituida una unidad de convivencia independiente vinculada económicamente a la persona solicitante
Disponer de recursos económicos inferiores a la cuantía económica de la RISGA que en su caso le corresponda
Que no existan personas legalmente obligadas a prestar alimentos y con posibilidad real de hacerlo.
Plazo de presentación:
Durante todo el año.
Remuneración / Coste:
Prestación socioeconómica.
Más información:
Las personas solicitantes pueden dirigirse para la tramitación de la RISGA a las unidades de atención social de los servicios sociales municipales.
También pueden dirigirse a la Jefatura Territorial de la Consellería de Traballo e Benestar social de la xunta de Galicia.
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