Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

Presentar documentación

Para presentar documentación

Solicitar Información general en registro de urbanismo

Para información general acerca de: Consulta de estado de expedientes, Información previa a la presentación de licencias de obra, Actividad, Comunicaciones previas de obra y actividad, Declaraciones responsables, Incidencias con notificaciones telemáticas, Dudas de tramitación o plazos de entrega, Solicitud de envío de tasas de presentación de solicitudes de obra y actividad así como cartas de pago de ICIO, Información técnica de comunicaciones previas de obras y actividades e Información previa y consulta de estados de expediente de planeamiento y gestión del suelo.

 Solicitar información técnica de licencias

Solicitar información general técnica para licencias

Información previa a la presentación de una licencia de obra cuando existan dudas en la aplicación del plan o normativa.

Consulta sobre informes técnicos emitidos

Cita presencial con el técnico emisor del informe con el fin de aclarar cualquier duda sobre requerimientos o audiencias previas.

* Es obligatorio indicar el número de expediente, si desea atención telefónica o presencial y la franja horaria aproximada en la que desea establecer el horario de la cita.

Dónde estamos

Plaza Indalecio Prieto, 1, 3, 15002 A Coruña

Horario: 8:00 a 14:00

https://coruna.gal/urbanismo

TLF: 981 18 42 00. Extensión 59028

Para información general, presentación de solicitudes, licencias, comunicaciones previas u otro tipo de documentación; podrá acudir sin cita previa a las dependencias de urbanismo de lunes a viernes en horario de 8:00 a 13:30.

Servicio IEDU

Licencias

Son las autorizaciones administrativas que habilitan para realizar obras e implantar y ejercer actividades. Se otorgan tras tramitar el procedimiento previsto por la legislación del suelo y las ordenanzas municipales.

A las solicitudes se acompañará la documentación técnica y administrativa completa, con el justificante de haber abonado las tasas de tramitación.

Este procedimiento tiene como objeto el control de la legalidad de lo proyectado, por ello es preceptivo que se concedan o que se denieguen tras comprobar que lo que se solicita, según los documentos técnicos y jurídicos que se acompañan, se ajusta al planeamiento, a la legislación del suelo, a la normativa sectorial, y en particular a las condiciones de seguridad, habitabilidad, accesibilidad y funcionalidad exigibles. La normativa que se aplica es la vigente en la fecha en la que se presenta la solicitud.

Se conceden a salvo el derecho de propiedad y los de terceros, (cuestiones que deben plantearse ante la jurisdicción civil).

Se sujetan a esta tramitación las solicitudes de obra mayor, de nueva planta y rehabilitaciones, las que tengan un alcance que requiera proyecto técnico o las que se proyecten en edificios que se encuentren catalogados.

Las solicitudes de obras destinadas a implantar una actividad deberán presentar el proyecto de actividad, que será coherente con el de obras, en este caso junto a la comunicación previa o declaración responsable de la actividad, o la solicitud de licencia de actividad, junto al pago de las tasas y la documentación que se relaciona en el modelo municipal.

Actividades

Son objeto de control de la legalidad los usos del suelo y el ejercicio de actividades económicas que se implantan y ejercen en el territorio municipal.

Salvo en los supuestos específicos que se establece el control previo y debe obtenerse licencia, con carácter general, son las personas interesadas las que presentan una Comunicación Previa de actividad o una Declaración Responsable de actividad, si se trata de actividades de hostelería, ocio, restauración, espectáculos públicos o deportes.

Las Comunicaciones y Declaraciones son actos de la persona interesada en la habilitación y responsable de la actividad que tiene efectos plenos en el ámbito del derecho administrativo, por ello tienen que acompañarse de la documentación necesaria, completa y veraz, técnica y administrativa, que deje constancia de la actividad de que se trata, de la condiciones del establecimiento o del lugar en el que se proyecta, de las instalaciones y del cumplimiento de la normativa urbanística y sectorial. Se acompañará esta con el modelo municipal oficial , el justificante del pago de las tasas de tramitación y las copias de las pólizas de los seguros de responsabilidad civil suscritos y la copia del justificante del pago de la prima.

De no constar la documentación que acredita que lo que se comunica o declara cumple con la normativa exigible en cada caso, se tramitará el procedimiento para declarar su ineficacia y se acordará el cese de la actividad.

Si para implantar la actividad fuese necesario realizar obras, deberá hacerse constar en el modelo esta circunstancia, y solicitar la preceptiva licencia o presentar una comunicación previa de obras, según el alcance de estas o si se trata de un edificio o espacio catalogado.

Comunicaciones previas

Son la habilitación administrativa para implantar y ejercer actividades económicas y usos del suelo.

Se tramitan con la presentación de éstas, como un acto formal de las personas responsables de las actividades y de las obras, con el modelo o formulario que a tal efecto pone a disposición de ello la administración, al que obligatoriamente se ha de acompañar la relación de documentos que se indica en estos, completa y veraz junto a la justificación del pago de las tasas de tramitación.

Las comunicaciones previas de obras se refieren a aquellas de carácter menor, que pueden ejecutarse de forma artesanal, o con operarios individuales y no afectan a los parámetros urbanísticos de altura, volumen u ocupación, ni a la estructura ni al exterior de los edificios. Han de presentarse, al menos con 15 días de antelación.

Si las obras no se ajustan a la normativa o se omite la documentación exigible o esta no es veraz se tramitará la declaración de ineficacia de lo comunicado o declarado y se ordenará su paralización o suspensión.

Las Comunicaciones Previas de actividad se presentarán, igualmente, con el modelo oficial y la documentación que se relaciona en el mismo. En el caso de las actividades de hostelería, restauración, ocio y actividades recreativas o espectáculos públicos se presentará declaración responsable de actividad.

Si se precisa ejecutar obras para implantarla se deberá señalar esta circunstancia y presentar la comunicación previa de obras o la solicitud de licencia, si estas tienen un mayor alcance que las obras consideradas menores, o si se proyectan en un edificio catalogado.

Tras ejecutar las obras deberá presentarse la Comunicación de inicio de actividad según lo recogido en el modelo municipal.

Si las obras no se ajustan a la normativa o se omite la documentación exigible o esta no es veraz, se tramitará la declaración de ineficacia de lo comunicado o declarado y se impedirá el ejercicio de la actividad.

Disciplina Urbanística

Es el conjunto de actuaciones que realiza la administración en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas para controlar el cumplimiento de la legislación urbanística y sectorial. Esta competencia es indisponible.

Además de controlar el cumplimiento de la normativa con la comprobación e inspección de las actividades y obras sujetas a licencia, a comunicación previa o declaración responsable, la administración tramitará los procedimientos necesarios para garantizar la reposición de la legalidad, eliminando las obras y actividades que no se ajustan a la normativa: procedimientos de reposición de la legalidad, y los destinados a corregir las conductas infractoras: procedimientos sancionadores.

En el curso de estas tramitaciones, adoptará medidas cautelares destinadas a garantizar el cumplimiento de las órdenes que se dicten para reponer la legalidad, como el cese de actividades, paralización de las obras, precinto de establecimientos, obras y materiales, entre otras.

El incumplimiento de lo ordenado dará lugar a la tramitación de su ejecución forzosa, con imposición de multas coercitivas, reiteradas hasta que se cumpla o la ejecución subsidiaria por la administración de lo que se acuerde, con cargo al obligado, para lo que se liquidará provisionalmente con cargo a la liquidación definitiva, el importe de los gastos necesarios.

Estos procedimientos pueden iniciarse de oficio, por los informes y denuncias de los servicios de inspección y vigilancia o por los de otros órganos administrativos, y por denuncias de la ciudadanía.

Las denuncias deberán formalizarse y contener los datos que permitan identificar las obras o la actividad y el incumplimiento de la normativa a la que se alude.

Comprobada la vulneración de la normativa o la conducta infractora, el escrito de la denunciante en sentido contrario a lo denunciado no podrá paralizar los procedimientos.

Servicio PLANEAMIENTO y GESTION

Planeamiento 

Planificar, ordenar y organizar el término municipal, estructurando el territorio, clasificando suelo y asignando usos complementarios mediante la técnica de la calificación urbanística, con las correspondientes Normas Zonales de aplicación,  en el marco del principio de desarrollo territorial  y urbano sostenible.

Gestión del suelo

Ejecutar el planeamiento urbanístico y sus determinaciones mediante los correspondientes instrumentos de equidistribución que permitan que la Comunidad participe en las plusvalías generadas por la acción urbanística. Obtener dotaciones públicas y aquellos suelos que permitan el cumplimiento de los estándares de calidad de vida y cohesión social.

Patrimonio Urbanístico

Inventariar, recuperar e investigar el patrimonio municipal, generando un mejor aprovechamiento de los recursos públicos y procediendo a la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de titularidad municipal.

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