Las presentes instrucciones, dictadas por el Servicio Municipal de Educación (SME en adelante), tienen por objeto regular el proceso de admisión en las escuelas infantiles integradas en la Red de Escuelas Infantiles Municipales (REIM, en adelante) del Ayuntamiento de A Coruña para el curso 2024-2025.
La adjudicación de plazas está sometida a los criterios de baremación señalados en las bases reguladoras del proceso de admisión en las escuelas infantiles integradas en la REIM para el curso 2024-2025 (BOP núm. 61 del 26.03.2024).
PROCESO DE ADMISIÓN
Este documento incluye toda la información relativa al proceso de admisión en la REIM para el curso 2024-2025: Bases reguladoras do proceso de admisión nas escolas infantís integradas na rede de escolas infantís municipais (REIM) para o curso 2024-2025
PLAZAS VACANTES
Publicadas las Listas provisionales de admitidos (13/11/2024) y las Listas provisionales de excluidos (13/11/2024) de la convocatoria extraordinaria de octubre.
Se abre un plazo de enmiendas y alegaciones del 14 a 18 de noviembre, ambos días incluidos.
La publicación de las listas definitivas será el martes 26 de noviembre, paso previo a la apertura del plazo de matrícula, que estará habilitado entre el miércoles 27 y el viernes 29 de noviembre.
NOTA ACLARATORIA SOBRE EL PROCESO EXTRAORDINARIO DE SOLICITUD
El plazo extraordinario de octubre para solicitar plazas vacantes de la Red de Escuelas Infantiles Municipales permanecerá abierto del 25 al 31 de octubre. Tras esta fecha se cierra, por tanto, también la posibilidad de realizar la preinscripción a través de la web, hasta la siguiente convocatoria extraordinaria.
Consultar Nota aclaratoria (24/10/2024) .
NUEVOS INGRESOS
PROCESO DE ADMISIÓN PARA LOS NUEVOS INGRESOS
Se establecen dos modalidades de nuevo ingreso:
Carácter PREFERENTE:
Tendrán carácter preferente, las solicitudes de plazas cuyas circunstancias sean las siguientes:
Documentación:
Todas las situaciones enumeradas deberán acreditarse documentalmente para justificar el carácter preferente:
En el caso del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE), deberá acreditarse la concurrencia de esta circunstancia. Esta documentación deberá completarse con la indicada en el apartado "Lugar de presentación y documentación"
Carácter ORDINARIO
Las restantes solicitudes de nuevo ingreso que no tengan carácter preferente serán objeto de baremación de cara a la asignación de plazas, según el procedimiento que se establece en los apartados siguientes.
REQUISITOS DE ACCESO PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE NUEVO INGRESO
Serán requisitos para solicitar plaza en la REIM:
CRITERIOS DE PRIORIDAD PARA LAS SOLICITUDES DE NUEVO INGRESO DE CARÁCTER ORDINARIO
En primer lugar, obtendrán una plaza en las escuelas solicitadas los/las niños/as empadronados/as en el Ayuntamiento de A Coruña. En segundo lugar, en el caso de existir plazas vacantes, podrán obtener plaza los/las hijos/as de personas que, estando empadronadas en otro ayuntamiento, tengan sus puestos de trabajo en el Ayuntamiento de A Coruña. En tercer lugar, podrán acceder los/las niños/as de otros ayuntamientos. Después de aplicar el criterio de prioridad y solo si existiesen más solicitudes que vacantes, se procederá a baremar las solicitudes de acuerdo con los criterios que se indican a continuación.
CRITERIOS DE BAREMACIÓN
La baremación para acceder a las escuelas será única para todas las escuelas y se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes criterios:
A) Situación sociofamiliar. Se puntuará:
Hermanos/as solicitando praza simultaneamente |
4 puntos |
Menor solicitante con una discapacidad igual o superior al 33% o grado de valoración de la situación de dependencia reconocido |
3 puntos |
Por cada progenitor/a que forme parte de la unidad familiar con una discapacidad igual o superior al 33% |
1 punto (máximo 2) |
Condición de familia monoparental/monomarental |
2 puntos |
Condición de familia numerosa |
2 puntos |
Se entiende por familia monoparental/monomarental a la unidad familiar formada por una única persona progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, y los hijos o hijas menores a su cargo en los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 3/2011, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia.
Se entiende por familia numerosa la integrada por los miembros señalados de conformidad con los artículos 2 y 4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre , de protección a las familias numerosas.
b) Situación sociolaboral. Se puntuará de la siguiente manera:
Situación sociolaboral |
Puntuación |
Ocupación laboral de las personas progenitoras o con impedimento acreditado para atender a la/al niña/o |
8 |
Ocupación laboral de una de las personas progenitoras o con impedimento acreditado para atender a la/al niña/o |
4 |
Condición de familia monoparental trabajando o con impedimento acreditado para atender a la/al niña/o |
8 |
Situación económica
La puntuación asignada en la situación económica de la unidad familiar solo se tendrá en cuenta cuando exista un empate entre varias solicitudes de acuerdo con la puntuación obtenida en las situaciones sociofamiliar y sociolaboral.
C.1. Se entenderá por unidad familiar, a los efectos de estas bases, la compuesta, en el momento de la solicitud, por los cónyuges no separados legalmente, así como las personas unidas por análoga relación de afectividad, o la formada por una sola persona progenitora, más:
C.2 La renta familiar se calculará tomando como referencia el importe de los ingresos totales de la unidad familiar, que será el resultado de la agregación de las rentas de cada miembro del ejercicio fiscal correspondiente al año 2022, calculadas por agregación de la base imponible general con la base imponible de ahorro, según los criterios establecidos en la normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Para las personas no obligadas a presentar la declaración del IRPF, se tendrán en cuenta los datos económicos del nivel de renta que figure en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, AEAT)
C.3 No se tendrán en cuenta los datos de las familias sobre las que la AEAT no certifique el cierre del año fiscal correspondiente o que no estuviesen dadas de alta en la AEAT. En el caso de no autorizar la consulta de los datos tributarios deberán entregar esta documentación junto con la solicitud.
C.4 Para determinar la puntuación para los efectos del desempate entre solicitudes, se tomará como referencia la renta del año que corresponda y se basará en los siguientes tramos:
TRAMOS DE RENTA | PUNTUACIÓN |
---|---|
Rentas inferiores a 12.000 € | 7 |
Rentas comprendidas entre 12.001 y 17.500 € | 6 |
Rentas comprendidas entre 17.5001 y 23.000 € | 5 |
Rentas comprendidas entre 23.001 y 28.500 € | 4 |
Rentas comprendidas entre 28.501 y 34.000 € | 3 |
Rentas comprendidas entre 34.001 y 39.500 € | 2 |
Rentas comprendidas entre 39.5001 y 45.000 € | 1 |
Rentas superiores a 45.000 € | 0 |
Empate en la puntuación
Si, después de aplicar también el baremo de la situación económica, persistiese el empate entre varias solicitudes, se resolverá la asignación de plaza teniendo en cuenta el resultado del sorteo público de las dos primeras letras de prioridad, tanto para el primer apellido como para el segundo apellido. Dicho sorteo se realizará en el Servicio Municipal de Educación antes del inicio del período de solicitud de plaza. La fecha y la hora de la celebración del sorteo se publicará en la web municipal www.coruna.gal/educacion, como mínimo, un día antes de su celebración. El resultado del sorteo se publicará también en esta misma página web, como máximo dentro de los tres días siguientes a su celebración.
LUGAR DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Se presentará una única solicitud, pidienco por orden de prioridad las escuelas por las que se opta. En esta solicitud podrán solicitar hasta un máximo de dos escuelas.
Las personas interesadas deben hacer una inscripción en línea en la web municipal www.coruna.gal/educacion a través de la ficha específica "Solicitud de plaza en la escuela infantil 2024-2025". Después de cubrir y completar dicha ficha, el sistema elabora un justificante (documento PDF) que enviará al correo electrónico facilitado en el momento de la realización de la inscripción. Este documento se deberá imprimir, firmar y presentar en el registro general junto con el resto de la documentación en el plazo de presentación de las solicitudes. No se considerará efectuada la solicitud mientras no se presente en el registro electrónico del electrónico del Ayuntamiento de A Coruña (https://sede.coruna.gal/sede/gl), en los registros municipales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).El justificante de confirmación de la preinscripción en línea tiene un número de identificación (ID) que será lo de referencia de cada expediente en el proceso y para localizar las personas solicitantes en los listados publicados. Dicho justificante es solo un trámite previo necesario para poder formular válidamente la solicitud de la plaza propiamente dicha y en ningún caso tiene la consideración de solicitud de plaza en una escuela infantil para el curso 2024-2025.
El justificante tiene un número de identificación (ID) que será lo de referencia de cada expediente en el proceso y para localizar las personas solicitantes en los listados publicados.
La documentación y la ficha de solicitud firmada por las dos personas progenitoras deberá presentarse, preferiblemente, en el registro electrónico del Ayuntamiento (https://sede.coruna.gal/sede/gl), en los registros municipales o por cualquier otro medio permitido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Solo se considerará válidamente formulada la solicitud de plaza presentada a través del registro electrónico del Ayuntamiento de A Coruña (https://sede.coruna.gal/sede/gl), de los registros municipales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
DOCUMENTACIÓN
Para las solicitudes de nuevo ingreso con carácter preferente y con carácter ordnario, las personas interesadas deberán acercar con la solicitud a siguiente documentación:
La falta de presentación de alguno de los documentos dentro del plazo de presentación de la solicitud y enmienda supondrá la exclusión del proceso.
Otra documentación para los efectos de valoración:
La falta de presentación de alguno de los documentos recogidos en este apartado dentro del plazo de presentación de la solicitud y enmienda supondrá a no valoración en el apartado correspondiente.
CALENDARIO PROCESO DE ADMISIÓN (convocatoria extraordinaria de octubre)
PUBLICACIÓN PLAZAS VACANTES | 24 de octubre |
PLAZO SOLICITUD NUEVOS INGRESOS | Del 25 al 31 de octubre, ambos días incluidos |
PUBLICACIÓN LISTAS PROVISIONALES | 13 de noviembre |
RECLAMACIONES/ALEGACIONES | del 14 al 18 de noviembre, ambos días incluidos |
PUBLICACIÓN LISTAS DEFINITIVAS | 26 de noviembre |
MATRÍCULA |
27, 28 y 29 de noviembre |
Las solicitudes que resulten adjudicatarias de plaza podrán formalizar la matrícula previa cita fijada por la escuela correspondiente. Los/as menores adjudicatarios/as deberán tener cumplidos tres meses en el periodo de matriculación.
La ficha de solicitud en linea está disponible en este enlace.
También te puede interesar
Documentos relacionados
Lo sentimos pero tu navegador es muy antiguo para poder mostrar esta página. Debes de actualizarlo o usar un navegador compatible. Hemos optimizado esta web para Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Safari y Microsoft Edge. Instalar ahora un navegador compatible