Ayuntamiento de A Coruña

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ITEUP

Instalación de terrazas en espacios de uso público (nueva solicitud)

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Materia:

Urbanismo e infraestructuras, Comercio

Vigente:

Si

Obtención de la autorización municipal para instalar terrazas en espacios de uso público en alguna de las siguientes modalidades:

  1. Terraza sin cerramiento estable: compuesta por elementos móviles y desmontables y sin cubierta fija o estable inclusive las que cuenten con toldo enrollable a fachada.
  2. Terraza con cerramiento estable: compuesta por elementos fijos y móviles, fácilmente desmontables, cerrada en la totalidad o parte de su perímetro y cubierta.

Instalación de terrazas en espacios de uso público (nueva solicitud)

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Podrá solicitar la autorización para instalación de terraza el titular de la licencia de actividad del establecimiento hostelero.

Requisitos:

Presentar la documentación requerida a la que deberá adjuntarse el justificante de pago de las tasas

Precio / Coste:

Autorización sujeta a tasa:

  • Ordenanza Fiscal nº 1 Reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.

El pago de las tasas de la ordenanza 1 es un depósito previo según lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales, por lo que el justificante del pago deberá adjuntarse a la solicitud.

El pago realizado en concepto de depósito previo no supone que la persona interesada esté autorizada. Es necesario obtener la correspondiente autorización, de la que se deberá tener una copia en el momento de la realización de la ocupación.).

  • Ordenanza Fiscal nº 28, tasa por ocupación de vía.
  • La carta de pago de las tasas correspondientes se podrá obtener en el Edificio Servicios Económicos c/ Franja 20-22 C.P. 15001 A Coruña.

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Infraestructuras y Movilidad

Más información:

Las modificaciones se tramitarán como nueva solicitud.

Presentación

Plazo de presentación:

  • Durante todo el año para las terrazas que se instalen por primera vez.
  • Del 1 de octubre a 15 de diciembre del año anterior al de instalación de la terraza para las renovaciones.

Documentación necesaria:

Documentación general

  • Solicitud de autorización de instalación de terrazas en espacios de uso público (modelo 037): Solicitud específica debidamente cumplimentada. En el caso de que se solicite telemáticamente a través de esta sede electrónica, mediante el formulario web al que se acceda.
  • Documento nacional de identidad: Copia del documento nacional de identidad del interesado si es persona física o del número de identificación fiscal si es persona jurídica.

En el caso de persona jurídica documento que acredite la representación del solicitante.

  • Licencia municipal de apertura: Fotocopia de la licencia municipal de apertura del establecimiento solicitante, o referencia a su expediente de otorgamiento.

En caso de encontrarse en tramitación, fotocopia de la instancia de solicitud correspondiente, con expresión de fecha y número de registro de entrada.

  • Memoria descriptiva: Memoria descriptiva del tipo de ocupación que se va a realizar y relación detallada de todos los elementos de mobiliario y auxiliares que se pretenden instalar. Deberá indicarse: superficie a ocupar expresada en metros cuadrados, elementos de mobiliario, así como su clase, naturaleza, número, dimensiones, colores y características técnicas. Contendrá fotografías, infografías o catálogo, en su caso, de las características de los distintos elementos.
  • Documentación fotográfica: Documentación fotográfica de la fachada del establecimiento y del espacio exterior en que se pretenda situar la terraza.
  • Plano de situación o emplazamiento del establecimiento: Plano de situación o emplazamiento del establecimiento (cartografía municipal).
  • Plano de distribución en planta de la terraza: Plano de distribución en planta de la terraza a escala 1:50 ou 1:100 (tres ejemplares) en el que se refleje:

- El frente de la fachada del establecimiento y acceso/ s al mismo.

- Elementos de mobiliario que se pretendan instalar colocados en disposición de servicio al usuario. 

- La superficie total a ocupar por los elementos que componen la terraza. 

- La geometría completa de la acera, calle o espacio público. 

- Franjas de itinerario peatonal libre. 

- Localización de cualquier elemento situado en el área de influencia de la ocupación y que sea preciso contemplar a la hora de garantizar el espacio libre necesario para compatibilizar el resto de usos del espacio público, con indicación de la distancia existente entre la terraza y dichos elementos (pasos de cebra con sus cuestas de acceso y bandas de identificación, elementos de señalización y mobiliario y/o equipación urbana, acceso a inmuebles colindantes, salidas de emergencia, vados, registros y  arquetas de servicios, paradas de transporte público, árboles y  alcorques, zonas ajardinadas, etc.). 

Toda la información deberá reflejarse convenientemente acotada y con indicación de escala.

  • Documento acreditativo de pago: Documento acreditativo de la vigencia y de estar al corriente en el pago de la póliza de responsabilidad civil e incendios a que se refiere el art. 25.2.c) de la Ordenanza que dé cobertura a los riesgos para la personas y/o cosas derivados del funcionamiento, instalación y retirada de la terraza.
  • Tasas: Autoliquidación de las tasas correspondientes.
  • Acreditación documental de conformidad: Acreditación documental de la conformidad de los titulares de los derechos de las fincas o locales colindantes en el supuesto previsto en el artículo 10.1 para el caso en que las terrazas discurran junto a fachada y rebasen el frente del establecimiento.

Documentación específica

  • La documentación específica que en su caso se exija en el anexo para determinadas instalaciones (tarima, instalación eléctrica, calefactores, etc).

En el caso de terrazas sitas en espacios de dominio privado y uso público

  • Se incluirá, además, como documentación específica: documento acreditativo de la autorización de los titulares del emplazamiento.En caso de que el titular del espacio sea una comunidad de propietarios la autorización para su uso deberá estar suscrita por el representante legal de la misma mediante acuerdo adoptado al efecto.

En el supuesto de terrazas con cerramiento estable

  • Estudio firmado por técnico competente (tres ejemplares) que contendrá, en función de la complejidad de la instalación pretendida:

1) Memoria, en la que se incluirá una descripción pormenorizada de las características de la instalación de la terraza y en la que se acreditará expresamente el carácter  desmontable.

2) Planos: se incluirán tantos planos como sean necesarios, para la definición en detalle de los elementos que se pretendan instalar. Por lo menos, será necesario incluir, en función de cada caso concreto, los siguientes (además de la indicada en la documentación general):

- Planta general.

- Plano de planta de los elementos de cubrición superior, en su caso, en el que se reflejen pendientes, puntos de recogida de aguas, etc.

- Alzados (laterales, frontal y posterior) y secciones.

- Planos de estructura, en los que se reflejará, específicamente, el sistema de sujeción o apoyo, en su caso.

- Planos de instalaciones, en su caso.

- Planos de detalles. Se presentarán tantos como sea necesario para permitir la correcta ejecución de la terraza solicitada, prestando especial atención a los detalles de uniones y nosotros entre elementos estructurales.

3) Anexo de cálculo de la estructura, cuyo contenido será el establecido en la normativa vigente de aplicación. En este documento se incluirán las exigencias relativas a la capacidad portante, aptitud al servicio, acciones y combinaciones consideradas, coeficientes de seguridad, comprobación de los estados límites y de estabilidad ( pandeo), seguridad frente al vuelco,  deslizamento y levantamiento.

4) Justificación acerca de la adecuación de la instalación pretendida a la vigente en materia de prevención y extinción de incendios, evacuación, estabilidad y clasificación de productos en función de sus propiedades de reacción y resistencia a la lumbre.

Asimismo, se indicará expresamente, en su caso, que las instalaciones (tales como climatización, iluminación,etc) se proyectan conforme la normativa vigente

  • Se deberá aportar el documento de autoliquidación e ingreso de la fianza establecida en los casos previstos.
  • Si la documentación no estuviera visada se deberá acompañar declaración expresa del autor de la documentación.

Documentos relacionados

  • Prórroga transitoria de las instrucciones para la instalación de terrazas en plazas de aparcamiento (487 KB)
  • Información para las autorizaciones de instalación de terrazas en espacios de uso público (versión gallego) (62 KB)
  • Modelo 037_Solicitud de autorización de instalación de terrazas en espacios de uso público (109 KB)
  • Modelo 103 - Renovación de instalación de terrazas en espacios de uso público (146 KB)
  • Información para las autorizaciones de instalación de terrazas en espacios de uso público (versión castellano) (56 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Registrar la solicitud de autorización para instalación de terrazas en espacios de uso público según modelo 037 junto con la documentación necesaria que, para cada caso, establece la ordenanza municipal.

La relación de esta documentación se anexa con el impreso oficial y, además, puede consultarse en el archivo adjunto Información para la instalación de terrazas en espacios de uso público dentro del apartado Documentos Relacionados.

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro General, en las ubicaciones que se indican más abajo.
  • Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento. 
  • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital .

Una vez cubierta la solicitud telemática  debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la instalación que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=482

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

Un mes desde la presentación de la documentación completa.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Contra la resolución que se dicte, se podrá interporner:

- Recurso potestativo de reposición.

- Recurso contencioso-administrativo.

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