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Sector público, Cultura y ocio
Si
Ayudas de creación artística para artistas individuales empadronados en el Ayuntamiento de A Coruña.
Teléfono de información directa: 981 184 200
2021 Ayudas de creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2021 (Línea 3 PRESCO)
Desde el 01/09/2021 hasta el 15/09/2021
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas de mayores de edad que cumplan con los siguientes requisitos
Ninguno
Alcaldía
Normativas relacionadas
Documentos relacionados
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gob.es/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1182
Con fecha 2/12/21 se firma la resolución definitiva a la concesión de las Ayudas a la Creación artística para artistas individuales empadronados en A Coruña , año 2021 , dentro del plan de reactivación económica de A Coruña - PRESCO 2 , lo que se publica en esta Sede electrónica , para su conocimiento.
Puede consultar el documento de la Resolución en el apartado DOCUMENTOS RELACIONADOS, dentro de la solapa de PRESENTACIÓN.
Desestimatorio
Una vez revisada la documentación aportada y emitido informe por la mesa de valoración, el órgano instructor formuló propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. Dicha resolución se ha publicado en el tablón de edictos electrónico del ayuntamiento y en ella se indica el listado de personas beneficiarias y la puntuación otorgada.
La publicación inicia el cómputo de un plazo para alegaciones que será de diez (10 días hábiles), esto es, desde el 9 al 22 de noviembre ambos incluidos.
Las personas interesadas que deseen formular alegaciones, podrán utilizar el procedimiento de Sede Electrónica Aportación de documentación . Asímismo, para la aportación de la documentación solicitada en la resolución provisional a los beneficiarios, podrán utilizar ese mismo enlace.
Después de examinar las alegaciones presentadas, el órgano instructor dictará la propuesta de resolución definitiva.
A continuación, las personas propuestas como beneficiarias deberán aceptar o renunciar a la ayuda. Se entenderá que aceptan dicha si, transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles, no renunciasen de manera expresa.
La resolución definitiva se publicará por mismos medios y lugares que la resolución provisional.
Recursos posibles:
Otras versiones
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