AVP
Telemático, Presencial
Descarga y envío del formulario
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Urbanismo e infraestructuras
Si
Solicitud para que el Ayuntamiento realice actuaciones de mejora o reparación en la vía pública referidas a la señalización vertical, señalización horizontal o semáforos.
Actuaciones en la vía pública
Persona física o jurídica que solicite la actuación.
Solicitud general debidamente cumplimentada en la que deberá especificarse claramente el lugar y alcance de la actuación que se solicita.
Ninguno
Negociado de circulación
Normativas relacionadas
Sin plazo.
Solicitud general debidamente cumplimentada
Documentos relacionados
Cubrir el impreso de solicitud
Deberá disponer de certificado digital .
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la instalación que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=362
No hay resolución en sentido estricto sino que, se comunica mediante oficio el informe técnico emitido por el técnico de circulación y si procede o no la ejecución de lo solicitado. El oficio lo hace la jefa de servicio dando traslado del informe técnico a la persona que solicita.
No procede
Otras versiones
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