Ayuntamiento de A Coruña

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RETVA

Reserva de espacio temporal de vía pública

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Materia:

Sector público, Urbanismo e infraestructuras

Vigente:

Si

Obtención de la autorización municipal para una reserva de espacio temporal de la vía pública para la realización de actividades como mudanzas, carga y descarga de materiales, descargas de combustible, carga y descarga de material relacionado con obras, vehículos de hormigonado, etc.

Reserva de espacio temporal de vía pública

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Persona física o jurídica interesada en obterner la autorización municipal para una reserva de espacio temporal de la vía pública

Requisitos:

Deberá solicitarse con un mínimo de tres días hábiles de antelación.

Precio / Coste:

Autorización sujeta a tasa: ordenanza fiscal nº 25 reguladora de la tasa por entrada de vehículos desde la vúa pública, reservas de espacio para aparcamiento, cargas, descargas y otras actividades particulares y ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.

La carta de pago de las tasas correspondientes se podrá obtener en el edificio servicios económicos c/ Franja 20-22 C.P. 15001 A Coruña, o en el siguiente vínculo que le llevará a la Sede Virtual del Contribuyente.

Si no reside en el término municipal y sucede algún incidente electrónico que imposibilite realizar el abono de la tasa de forma telemática, deberá ponerse en contacto con el Servicio de Atención Telefónica 010 (981 18 42 78 para llamadas desde fuera del término municipal).

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Infraestructuras y Movilidad

Presentación

Documentación necesaria:

En todos los casos

  • Solicitud: Solicitud especifica.
  • Documento nacional de identidad: Copia del documento nacional de identidad del interesado si es persona física o del número de identificación fiscal si es persona jurídica (sólo en caso de presentación presencial en oficina de registro municipal).
  • Plano: Croquis con las dimensiones de la ocupación.
  • Carta de pago: Copia de la carta de pago del depósito previo. Las tasas a liquidar son las previstas en la ordenanza fiscal nº 25 reguladora de la tasa por entrada de vehículos desde la vúa pública, reservas de espacio para aparcamiento, cargas, descargas y otras actividades particulares y ordenanza fiscal nº 1 reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.
  • Póliza responsabilidad civil: Póliza de responsabilidad que cubra la actividad a desarrollar en el espacio público y justificación de su estado en vigor.

En caso de carga y descarga de material

  • Aportar licencia o comunicación previa de la obra, o su número de expediente.

En caso de trabajos en altura

  • Declaración responsable: Declaración responsable relativa al cumplimiento de la normativa de seguridad para trabajos en altura (Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud para la Utilización por los Trabajadores de los Equipos de Trabajo, en Materia de Trabajos Temporales en Altura)

En caso de trabajos en altura para obras

  • Licencia o comunicación previa: Licencia o comunicación previa de la misma, a nombre del solicitante.

Informe previo del Centro Integral de Movilidad (CIMoB) 

Se requiere este informe en los siguientes supuestos:

  • Cuando la reserva de espacio sea en una parada de autobús, taxi o zona de carga y descarga.
  • Cuando suponga corte de calle.
  • Cuando suponga corte de un carril de circulación.- Cuando afecte al carril del bus.
  • Cuando se realice en una calle peatonal o acera.

Este informe se solicitará al Centro Integral de Mobilidade (CIMoB) a través del correo salatrafico@coruna.gal.

Documentos relacionados

  • mod 062 Solicitud de licencia para reserva de espacio temporal en vía pública (169 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Cubrir el impreso de solicitud (modelo 062) y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.

El pago de las tasas es un depósito previo según lo dispuesto en las ordenanzas fiscales, por lo que el justificante del pago deberá adjuntarse a la solicitud.

La solicitud deberá realizarse con un mínimo de 3 días hábiles de antelación. El documento de solicitud, con registro de entrada, junto con la copia del pago de las tasas, sirve como justificante de la ocupación y se remitirá a la Policía Local para su señalización, excepto en los casos en los que se requiera informe previo de la oficina técnica de seguridad ciudadana o de la Policía Local.

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro General.En las ubicaciones indicadas más abajo.
  • Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento. 
  • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital .

Una vez cubierta la solicitud telemática  debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la instalación que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

Si desea obtener la carta de pago de la tasa correspondiente se podrá obtener a través del siguiente vínculo en la Sede Virtual del Contribuyente.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=542

Teléfono

Después

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Contra la Resolución que se dicte, se podrán interponer los siguientes recursos:

- Recurso potestativo de reposición.

- Recurso contencioso-administrativo.

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