Ayuntamiento de A Coruña

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SRGCAH

Solicitud reconocimiento de grado carrera administrativa horizontal

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Recursos humanos

Materia:

Sector público

Vigente:

Si

Solicitud de reconocimiento del grado de progresión en el sistema transitorio de la carrera administrativa horizontal.

Solicitud reconocimiento de grado carrera administrativa horizontal 2023

Inscripciones:

Desde el 20/04/2023 hasta el 04/05/2023

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Personal funcionario o laboral del Ayuntamiento de A Coruña.

Requisitos:

  1. Estar incluido en el ámbito de aplicación definido en la base 2 del acuerdo para la aplicación del sistema transitorio de reconocimiento de la progresión de la carreia administrativa del Ayuntamiento de A Coruña
  2. Estar en situación de servicio activo en el Ayuntamiento de A Coruña o servicios especiales desempeñando un puesto de trabajo o cargo en el Ayuntamiento de A Coruña, o en cualquiera otra situación administrativa que suponga reserva de plaza en el plazo de presentación de solicitudes establecido en la correspondiente convocatoria
  3. Tener la condición de personal funcionario o laboral de este Ayuntamiento a 31/12/2022.
  4. Presentar la solicitud de reconocimiento de grado, por medios electrónicos, de acuerdo con el establecido en cada convocatoria.
  5. Obtener una evaluación favorable con una puntuación mínima de 4 puntos según el baremo establecido en la base 4.4 apartados a), b), c), d), y), f) y g).
  6. Cumplir los siguientes requisitos de permanencia desde la toma de posesión en el Ayuntamiento de A Coruña en la misma escala, subescala, clase y grupo/subgrupo de clasificación profesional en el que se solicita el reconocimiento de grado:
  • Para el acceso al grado inicial y grado I: 5 años de antigüedad a 31/12/2022.
  • Para el acceso al grado II: 10 años de antigüedad a 31/12/2022.
  • Para el acceso al grado III: 15 años de antigüedad a 31/12/2022.
  • Para el acceso al grado IV: 20 años de antigüedad a 31/12/2022.

A los efectos de completar el período de permanencia en cada grado, se computará el tiempo transcurrido en la situación de servicio activo o en cualquiera otra situación administrativa que suponga reserva de plaza en la misma escala, subescala, clase y grupo/subgrupo de clasificación profesional

Precio / Coste:

Ninguno

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Economía, Hacienda y Régimen Interior

Más información:

En el año 2023 se abonará el 20% de las cuantías establecidas en el acuerdo del sistema transitorio de la progresión en la carrera administrativa de conformidad con la previsión establecida en la base transitoria primera.

Presentación

Plazo de presentación:

Consultar la convocatoria.

Documentación necesaria:

  • Solicitud Específica.
  • Documentación que acredite los servicios prestados en otras Administraciones Públicas indicando escala, subescala, plaza y subgrupo de clasificación profesional solo en caso de que no figure en su expediente personal

Documentos relacionados

  • guía solicitud carrera administrativa (104 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro General. En las ubicaciones indicadas más abajo.

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital .

Una vez cubierta la solicitud telemática  debe tener preparados los ficheros que necesite para tramitar dicha solicitud, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=2022

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

El establecido en el artículo 21 de la  Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos

De acuerdo con el previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición en el plazo de un mes ante lo mismo órgano que la dictó o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano  competente de la jurisdicción contencioso-administrativa contados a partir del día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta.

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