Ayuntamiento de A Coruña

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¿Cuál es la diferencia entre fecha de duración mínima y la fecha de caducidad en el etiquetado de los productos alimenticios?

En el etiquetado de todo producto alimenticio figurará la fecha de duración mínima o, en su caso, la fecha de caducidad.

La fecha de duración mínima es la fecha hasta la que el producto mantiene sus propiedades específicas en condiciones de conservación adecuadas, se expresará mediante las leyendas:

  1. "Consumir preferentemente antes del...", cuando la fecha incluya la indicación del día.
  2. "Consumir preferentemente antes del fin de...", en los demás casos.

La fecha estará compuesta por la indicación clara y en orden del día, el mes y el año. No obstante en los productos:

  • Cuya duración sea inferior a tres meses bastará indicar el día y el mes.
  • Cuya duración sea superior a tres meses pero inferior a los dieciocho, bastará indicar el mes y el año.
  • Cuya duración sea superior a los dieciocho meses, bastará indicar el año.

En el caso de los productos microbiológicamente muy perecederos, como por ejemplo los yogures, natillas o similares y que por ello puedan suponer un peligro inmediato para la salud humana después de un corto período de tiempo, la fecha de duración mínima se cambiará por la fecha de caducidad, expresada mediante la leyenda "fecha de caducidad" seguida de la fecha en día, mes y, eventualmente, año. Dichas informaciones se completarán con una descripción de las condiciones de conservación que habrán de respetarse.

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