Ayuntamiento de A Coruña

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El arbitraje de consumo

El arbitraje de consumo es una vía extrajudicial y voluntaria que permite resolver, de una manera rápida, eficaz y gratuita, los desacuerdos que puedan surgir entre las personas consumidoras/usuarias y las empresas.

Eficacia

Se resuelve mediante laudo arbitral, sin que haga falta acudir a la vía judicial común.

Gratuidad

La tramitación es gratuita; solamente la práctica de algunas pruebas periciales, realizadas la petición de la parte, puede suponer algún pequeño coste.

Voluntariedad

Ambas partes deciden libremente que sea el Arbitraje de Consumo quien resuelva sus desacuerdos.

Ejecutividad

El laudo arbitral es de obligado cumplimiento, como se de una sentencia se tratara.

Organización del Sistema Arbitral de Consumo

La Xunta Arbitral de Consumo de Galicia es un organismo vinculado directamente a la Xunta de Galicia a través del Instituto Gallego de Consumo. Su sede está en Santiago de Compostela y está compuesta por una presidencia y una secretaría. No obstante se realizan audiencias arbitrales en las siete grandes ciudades de Galicia.

Para atender las solicitudes de arbitraje se constituyen órganos arbitrales, que son los órganos encargados de conocer y dictar el laudo arbitral sobre cada cuestión sometida al arbitraje.

La adhesión al Sistema Arbitral de Consumo por parte de las empresas o profesionales se puede producir de dos formas:

  • Oferta Pública de Sometimiento al Sistema Arbitral de Consumo: A través de esta oferta una persona empresaria o profesional manifiesta públicamente que todos los conflictos que se presentan con las personas consumidoras podrán ser resueltos por este sistema si la persona consumidora así lo desea. Esta oferta, además, le permite utilizar el logotipo aprobado oficialmente de adhesión al sistema, como un símbolo de distinción dentro del comprado.Esta oferta no tiene que ser general ya que puede la empresa o profesional limitarla, por ejemplo, a determinados conflictos o relaciones. En este supuesto, también se puede ostentar el distintivo de adhesión al sistema arbitral de consumo, pero la utilización del logotipo no puede inducir a error a la persona consumidora.
  • Para caso concreto: En este supuesto una persona empresaria o profesional se adhiere al sistema para la resolución de un conflicto concreto, no pudiendo en este caso utilizar el distintivo.

Para conocer las empresas adheridas pinche aquí.

Xunta Arbitral de Consumo de Galicia

Avda. Torrente Ballester nº 1-3-5 Baixo

15707 - Santiago de Compostela

Tel. 981.544.512

Fax. 981.544.599

e-mail: igc@xunta.es

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