SBC
Telemático, Presencial
Descarga y envío del formulario
Ayudas, becas y subvenciones
Sociedad y bienestar, Educación
Si
Becas de comedor destinadas, con carácter general, al alumnado empadronado en el término municipal de A Coruña
Mediante este procedimiento se convocan y adjudican ayudas para el pago del servicio de comedor a los alumnos empadronados en A Coruña.
Becas comedor convocatoria 2021
Desde el 05/04/2021 hasta el 30/04/2021
Alumnado matriculados en el curso 2021/2022 en los centros educativos del término municipal y empadronado en A Coruña que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
Empadronamiento
Número de identificación
Matrícula en centro educativo en A Coruña
Ingresos
Obligaciones tributarias y SS
Otros
Ninguno
Titular de la Concejalía de Área de Igualdad, Bienestar Social y Participación.
Todos los listados (requerimientos de subsanación, listas provisionales y definitivas...) identificarán la solicitud del menor atendiendo al código de asiento de registro de la solicitud inicial.
Para poder valorar las circunstancias incluidas en el baremo de esta convocatoria, deberán marcarse en la solicitud las circunstancias a valorar, debiendo presentarse además los documentos acreditativos. No se tendrán en cuenta en ningún caso aquellas circunstancias objeto de baremación que, a pesar de ser marcadas en la solicitud, no fueran acompañadas de la justificativa que indican estas bases.
El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento, la presentación de otra documentación complementaria que se considere pertinente para la valoración.
Normativas relacionadas
Desde el 05/04/2021 hasta el 30/04/2021.
Podrán admitirse de manera excepcional solicitudes fuera del plazo establecido y a lo largo de todo el curso escolar 2021/2022, cuando con posterioridad al final de dicho plazo concurra alguna de las circunstancias previstas en la base 13:
Solicitud específica
Impreso de Solicitud municipal de beca de comedor (Mod. 088) completamente cubierto a nombre del alumno o alumna que efectivamente disfrute de la beca. En caso de que esta sea menor de edad deberá venir firmada por su representante legal. Se especificarán igualmente el centro escolar y los datos de contacto. ESTE IMPRESO ES DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA TANTO EN MODALIDAD PRESENCIAL COMO EN LÍNEA.
EN ESTE IMPRESO DEBERÁ MARCAR LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR O DE LAS CIRCUNSTANCIAS A VALORAR.
Si Ud es beneficiario de alguna de las prestaciones que otorga máxima puntuación (11 puntos, apartado 9.2 de las Bases) y presenta el certificado que lo justifique, NO SERÁ NECESARIO que autorice al Ayuntamiento la consulta de datos económicos.
Valoración circunstancias adicionales: para poder valorar las otras circunstancias adicionales, deberán marcarse en la solicitud, presentando los documentos acreditativos o autorizando la consulta SÓLO de los que quiera que se valoren.
Identificación
DNI, NIE o número de identificacion fiscal válido.
Anexos
Certificado escolar o copia de la solicitud de matrícula
Justificante de escolarización en el centro.
Libro de familia
Copia completa del Libro de Familia o documentación equivalente.
Declaración de IRPF
(Modelo D-100) de 2019 o certificado de imputación de rentas (si no autoriza consulta). Las personas que durante el plazo de presentación de solicitudes hubieran presentado la declaración del IRPF del ejercicio 2020 y consideren que estos datos económicos les resultan más beneficiosos, podrán presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2020.
Perceptores sde prestaciones de RISGA/RSM/IMV/Subsidio de desempleo: certificado de prestaciones (si no autoriza consulta).
En caso de imposibilidad para la obtenciónde datos sobre ingresos de la AEAT en dicha anualidad:
Titulares de prestaciones de incapacidad permanente o gran invalidez
Certificado de prestaciones (si no autoriza la consulta).
Progenitores no convivientes
Unidades familiares monoparentales
Certificado de defunción / Certificado de monoparentalidad / Libro de familia.
Vulnerabilidad económica por COVID-19
Incompatibilidad horaria
Certificado (o declaración jurada, en caso de trabajadoras/es por cuenta propia) con indicación del horario de trabajo, de las personas que ostentan la custodia.
Otras circunstancias sociofamililares
Situación de discapacidad
Aportar la documentación en cualquier oficina de atención en materia de registro
En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Deberá cubrir el formulario web de tramitación (botón "Tramitar en línea"), aportar en la siguiente pantalla la documentación solicitada, e incorporar la firma electrónica al final del proceso.
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que con carácter general no es necesario firmar previamente la solicitud u otros documentos.
Solamente en el caso de que fuera necesario que algún documento sea firmado por más de una persona, deberán firmarlo antes de proceder a su presentación en esta sede electrónica, utilizando, preferentemente la citada herramienta de Autofirma, desarrollada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Tres meses, de acuerdo con el artículo 21, apartado 3, de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas
Desestimatorio
Una vez revisada la documentación aportada y emitido informe por la mesa de valoración, el órgano instructor formuló propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. Dicha resolución se ha publicado en el tablón de edictos electrónico del ayuntamiento y en ella se indica el listado de personas beneficiarias y la puntuación otorgada.
En la solapa de PRESENTACIÓN de esta página, apartado Documentos relacionados, se ha subido una nota aclaratoria para facilitar la consulta del listado publicado.
La publicación inicia el cómputo de un plazo para alegaciones que será de diez (10 días hábiles), esto es, desde el 30 julio a 12 agosto ambos incluidos.
Las personas interesadas que deseen formular alegaciones, podrán utilizar el procedimiento de Sede Electrónica Aportación de documentación y/o alegaciones a un expedinete disponible en este enlace.
Después de examinar las alegaciones presentadas, el órgano instructor dictará la propuesta de resolución definitiva.
A continuación, las personas propuestas como beneficiarias deberán aceptar o renunciar a la beca. Se entenderá que aceptan la beca de comedor si, transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles, no renunciasen de manera expresa.
La persona titular de la Concejalía de Igualdad, Bienestar Social y Participación resolverá la concesión / denegación de las becas de comedor. La resolución que adopte retrotraerá sus efectos a la fecha del inicio de la prestación del servicio de comedor.
La resolución definitiva se publicará por mismos medios y lugares que las listas anteriores.
RECURSOS
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