El Ayuntamiento de A Coruña tiene como finalidad fomentar la mayor participación posible de la ciudadanía en la vida política, social, económica, cultural y deportiva, ya sea por sí misma o por medio de representantes.
El Consejo Municipal del Deporte (CMD) se crea como un órgano colegiado de participación ciudadana sectorial en el ámbito deportivo y con carácter consultivo. Está concebido como un espacio para asesorar, informar, debatir, estudiar, proponer y trabajar en red, y tiene como objetivo acercarles las políticas deportivas municipales a las entidades deportivas de la ciudad, colectivos, vecindario, madres y padres, instituciones y demás personas u organismos que se vean afectadas de alguna forma por las políticas públicas deportivas.
El Consejo Municipal del Deporte de A Coruña es un órgano de participación del tejido deportivo coruñés que pretende servir de espacio de encuentro, relación y consenso sectorial. Canaliza la implicación de todos sus miembros y conoce sus demandas e intereses, con el fin de lograr la universalización del derecho de la ciudadanía al ejercicio físico, al movimiento y al deporte, sin atrancos ni discriminación de ningún tipo.
A continuación se expone un extracto de las normas de funcionamiento, que podrán descargarse en el documento anexo a pie de página, publicado en el BOP A Coruña nº 22, del 3 de febrero de 2021.
Consejo Municipal del Deporte - Valores y finalidades
El CMD, en su organización y funcionamiento, atiende siempre a los siguientes valores:
a. La igualdad entre mujeres y hombres y la aplicación del adecuado tratamiento de género.
b. La defensa de la transparencia, información y buen gobierno de las entidades deportivas.
c. La apuesta por un deporte educativo, sin violencia, sostenible, saludable, seguro, inclusivo y respetuoso con el medio ambiente.
d. El compromiso de impulsar la transformación digital del sistema deportivo de ámbito local.
El CMD tendrá como finalidades:
a) Elaborar dictámenes sobre aquellos asuntos que sean sometidos a su consideración.
b) Promover la participación ciudadana a través de las entidades deportivas, canalizando las demandas del sector. Sus dictámenes tiene carácter consultivo y, por lo tanto, no serán vinculantes para la corporación municipal.
c) Asesorar y plantear, cuando así se le solicite por la concejalía con competencias en materia deportiva, sobre programas y actuaciones en el ámbito del deporte: construcción y renovación de las instalaciones deportivas municipales, concesión de ayudas económicas y bolsas para deportistas, celebración y consolidación de eventos deportivos, diálogo sobre la descentralización de la oferta deportiva para conseguir la cohesión de los barrios a través de ella y fomento del uso del espacio público para la práctica de la actividad física y el deporte.
d) Colaborar con la concejalía con competencias en materia deportiva, cuando así se le solicite, en la elaboración y posterior actualización del Plan estratégico del deporte coruñés.
e) Analizar, debatir y valorar las iniciativas que sometan a su consideración.
f) Plantear propuestas propias de su ámbito de actuación para someterlas a la consideración de la concejalía con competencias en materia deportiva.
g) Realizar las consultas que considere oportunas relativas a la actividad deportiva de la ciudad, así como someter al Pleno del CMD aquellas consultas que le solicite expresamente la concejalía con competencias en materia deportiva.
h) Reflexionar sobre la creación de atractivos turísticos relacionados con el deporte.
i) Las demás finalidades que le encomiende el Ayuntamiento de A Coruña y que tengan que ver con la naturaleza jurídica del propio Consejo.
Composición y órganos de funcionamiento del CMD
El CMD estará compuesto por:
Presidencia: está presidido por la persona titular de la Alcaldía de la ciudad de A Coruña, que podrá delegar sus funciones.
Vicepresidencia primera: la persona titular de la concejalía con competencias en materia deportiva en el Ayuntamiento de A Coruña.
Vicepresidencia segunda: estará formada por una persona de reconocido prestigio en el ámbito deportivo de la ciudad de A Coruña. Esta persona será nombrada directamente por la Presidencia.
Vocales:
- El director o directora de área del Ayuntamiento de A Coruña que tenga asignadas las competencias en materia deportiva.
- Una concejala o concejal en representación de cada uno de los grupos municipales presentes en el Pleno del Ayuntamiento.
- Una persona representante de la Universidad de A Coruña.
- Una persona representante de la Diputación de A Coruña.
- Una persona representante de la Xunta de Galicia.
- Una persona representante de la Autoridad Portuaria.
- Una persoa representante de la Delegación de Costas en Galicia.
- Una persona representante de la Fundación EMALCSA.
- Una persona representante de cada uno de los clubes deportivos de la ciudad de A Coruña que estén debidamente inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones Coruñesas (REMAC).
- Una persona representante de cada una de las Sociedades Anónimas Deportivas de la ciudad de A Coruña.
- Dos personas representantes de la Unión de Federaciones Deportivas Gallegas.
- Una persona representante de cada una de las entidades sociales y/o de carácter asistencial de la ciudad de A Coruña que tengan por objeto primordial la práctica continuada de una o varias modalidades deportivas dentro de sus programas habituales de terapia, fomento de la vida saludable, inclusión, normalización social e igualdad.
- Una persona representante de la Federación de ANPAS de la ciudad de A Coruña.
- Una persona representante del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física de Galicia.
- Las demás personas que decida invitar la persona titular de la Alcaldía para que formen parte del Consejo Municipal del Deporte.
El Consejo contará además con una Secretaría.
Las personas que forman parte del CMD, en el ejercicio de sus funciones, actuarán con plena autonomía e independencia.
Las entidades, clubes, asociaciones y organizaciones presentes en el CMD designarán las personas que las representen, así como las personas que deban suplirlas en caso de ausencia, vacante, enfermedad o por otra causa justificada.
Las asistencias al Consejo Municipal del Deporte, así como a cualquiera de sus órganos, no darán derecho a percibir ningún tipo de retribución o dieta y se hará con carácter totalmente altruísta.
Órganos de funcionamiento del Consejo Municipal del Deporte
Para su funcionamiento, el CMD estará formado por los siguientes órganos:
a)Presidencia
b)Vicepresidencias
c)Pleno
d)Comisión Permanente
e)Comisiones o grupos de trabajo
f)Secretaría
Comisión permanente 2023 /2027
En el siguiente enlace podrá consultar todas las entidades con representación cuyos vocales forman parte de la comisión permanente durante el periodo 2023/2027
Constitución y duración del CMD
Para constituír el CMD, la persona titular de la Alcaldía le enviará una invitación a cada una de las personas y entidades que pueden formar parte del mismo con el fin de que comuniquen, si así lo consideran oportuno, qué persona tendrá la condición de vocal durante el período de vigencia del CMD, así como su suplente.
La Secretaría del CMD comprobará que las personas complen con los requisitos necesarios para ostentar la condición de vocal, y le dará traslado a la Comisión Permanente y, si no hubiera, a la Presidencia.
Después de recibir todas las aceptaciones para formar parte del CMD, la Secretaría elaborará un listado con las personas que forman parte de dicho Consejo, tanto las titulares como las suplentes.
Dentro del plazo de dos meses desde que entren en vigor estas normas específicas de funcionamento del CMD publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, se realizará la sesión plenaria constitutiva del consejo.
* En el caso de que durante dos años consecutivos no se consiga alcanzar un quórum suficiente para constituír el Pleno del Consejo Municipal de Deportes, la persona titular de la Alcaldía de la ciudad de A Coruña, previo informe de la persona titular de la concejalía competente en materia deportiva, podrá suprimirlo motivadamente.
Duración del Consejo Municipal del Deporte
El Consejo Municipal del Deporte tendrá la misma duración que la Corporación Municipal.
Las personas que forman parte del CMD cesarán el mismo día que se constituya una nueva Corporación. Por lo tanto, el período máximo de duración del Consejo será de cuatro años, salvo en el primer año de creación que durará el tempo que reste hasta que se renueve la Corporación.
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