Tras la publicación en el BOE de 29 del Real Decreto Ley 10/2020, por el que se regula un permiso retribuído recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena, que no preste servicios esenciales, con la finalidad de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, se hace necesario matizar algunas instrucciones dictadas con anterioridad durante el estado de alarma.
30 de marzo de 2020
1 de abril de 2020
Se acuerda declarar vigente la instrucción/protocolo, aprobada el 15 de marzo de 2020, incluída la consideración de servicios y funciones de carácter esencial.
Se acuerda aplicar las previsiones relativas a las actividades mínimas indispensables reguladas en el art. 4 del Real Decreto Ley 10/2020 a las limpiezas, mantenimiento y seguridad de edificios públicos o conserjerías; así como limpieza de jardines, parques, fuentes, alumbrados públicos y asimilados.
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