Condiciones del servicio
1.- Titular:
PESCADOS MIJESAN, S.L.
Muelle San Diego ,s/n
15006 A Coruña
NIF: B- 70035274
2.- Dirección de la instalación:
La misma
3.- Actividad:
Compra de pescado y marisco fresco, lavado, envasado y distribución a clientes.
CNAE: 5138
RDPH: Clase 1, Grupo 3, Alimentación.
4.- Tipología de aguas residuales:
- Vertido compuesto por aguas fecales sanitarias, con aguas procedentes de la limpieza del pescado y limpieza de las instalaciones.
- Vertido de aguas pluviales.
- Tiene sistema separativo.
5.- Coordenadas UTM arqueta toma muestras, HUSO 29.:
X: 548.984
Y: 4.800.718
6.- Coordenadas UTM de la conexión de fecales al Saneamiento Municipal. Huso 29:
X: 548.984
Y: 4.800.714
7.- Coordenadas UTM, pozo registro pluviales. Huso 29:
X: 549.028
Y: 4.800.764
8.- Volumen agua consumida de la Red Pública Municipal:
7.300 m3/año 20,0 m3/día.
9.- Valores límite de emisión y parámetros a controlar:
Valor medio diario máximo |
Valor instantáneo máximo |
|
Aceites y grasas |
100 mg/l |
150 mg/l |
Amoniaco |
30 mg/l |
30 mg/l |
Conductividad |
5.000 mµ/cm |
5.000 mµ/cm |
DBO5 |
500 mgO2/l |
1.000 mgO2/l |
DQO |
1.000 mgO2/l |
1.500 mgO2/l |
Nitrógeno amoniacal |
30 mg N/l |
50 mg N/l |
Nitrógeno Kheldajl |
40 mg N/l |
50 mg N/l |
PH |
5,5 - 9 |
5,5 - 9 |
Sólidos en suspensión |
500 mg/l |
1.000 mg/l |
Tensioactivos aniónicos |
6 mg MBAS/l |
20 mg MBAS/l |
10.- Horario de Vertido:
Caudal uniforme todo el año en horario de apertura del establecimiento.
11.- Plazo para adaptarse a los límites de vertido:
Según la documentación aportada, ya cumple la instalación en este momento los límites de Vertido.
12.- Programa de control de Vertidos:
. La toma de muestras y las analíticas, se han de efectuar por laboratorio homologado.
. Cada trimestre, se efectuará una analítica de los elementos del apartado 9) de esta Autorización.
. Cada año se enviarán al Ayuntamiento las analíticas trimestrales y anuales efectuadas.
. Cada año se enviaran al Ayuntamiento los datos del consumo anual de agua de la Red Pública.
. Cada año se presentará la siguiente documentación relativa a los residuos generados en el separador de grasas/hidrocarburos/sólidos gruesos existentes:
13.- Plazo y validez del permiso de Vertido:
Ocho años desde la notificación de la concesión de la Autorización de Vertido, salvo los condicionantes del Artículo 15.5 de la citada Ordenanza Municipal.
14.- Actuaciones y medidas que deben de ser puestas en caso de emergencia:
Si una analítica de las recogidas trimestralmente da valores por encima de los límites, deberá de comunicarse, antes de 24 horas al Ayuntamiento para tomar las medidas oportunas.
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