Todas las administraciones públicas se rigen, en lo relativo a la contratación con terceros según las diferentes modalidades y tipos de contratos existentes, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, publicada en el BOE nº 272 de 09/11/2017
Se recogen a continuación aquellos apartados que consideramos de mayor interés:
Normativa municipal
Además de la indicada ley de contratación pública, de obligado cumplimiento para todas las administraciones, el Ayuntamiento de A Coruña ha publicado otras instrucciones en materia de contratación que pueden consultarse en el apartado "Normativa municipal", sección "Instrucciones":
Perfil del Contratante
Su regulación se recoge en el art. 63 de la Ley de Contratos del Sector Público mencionada anteriormente. Se establece con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público (vía web y de fácil acceso) a la información relativa a la actividad contractual de la administración correspondiente, pudiendo incluir cualquier dato o información referida a los concursos públicos (anuncios, licitaciones abiertas o en curso, documentación requerida, contenido de los pliegos, procedimientos anulados...), y otra información útil de tipo general (forma de contacto y horario del órgano de contratación).
Se puede acceder a esta información a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de A Coruña para el caso de licitaciones anteriores al 9 de marzo de 2017.
Puede acceder a la información contractual desde el 9 de marzo en la Plataforma de contratación del Sector Público.
Modelos de procedimientos abreviados simplificados
En aplicación del apartado "racionalización y agilización de la actividad contractual" del Ayuntamiento de A Coruña, recogido en la Instrución sobre a actividade contractual do Concello da Coruña , el servicio de Contratación ha elaborado tres modelos de procedimientos abreviados simplificados ("sumarísimos") correspondientes a los contratos de obras, servicios y suministros, como referencia para sus futuros procedimientos de contratación.
Estos modelos fueron ratificados por la JGL en sesión extraordinaria y urgente de 7 de febrero de 2020:
Mesa de Contratación
Se regula su funcionamiento y composición en la ley estatal de contratos (art. 326 y Disposición Adicional segunda, apdo. 7). Esta Mesa de Contratación será el órgano competente para la valoración de las ofertas presentadas a los concursos licitados y es de existencia obligatoria.
Estará constituida por una Presidencia, las vocalías que se determinen, y una Secretaría designada entre el personal funcionario. Su composición permanente para el mandato 2023-2027 es la siguiente:
Características:
Publicación mensual de la formalización de contratos
Según lo establecido en el art. 154.1 de la Ley de Contratos, puede acceder a la información sobre contratos formalizados desde el 9 de marzo de 2018 en la Plataforma de contratación del Sector Público, y también desde la página de Contratos formalizados
Publicación de los contratos menores
Para cumplir con lo establecido, se hacen públicos los contratos menores formalizados por este Ayuntamiento.
Actas Mesas de Contratación
Para cumplir con lo establecido, se publican las Actas de la mesa de contratación
Lo sentimos pero tu navegador es muy antiguo para poder mostrar esta página. Debes de actualizarlo o usar un navegador compatible. Hemos optimizado esta web para Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Safari y Microsoft Edge. Instalar ahora un navegador compatible