Un promotor es un empresario que se dedica a decidir, programar, y financiar la construcción de viviendas para su venta. La compra a través de promotor permite adquirir la vivienda sobre plano, en construcción o ya terminada
Debes guardar siempre los folletos de publicidad. La ley otorga a los folletos o documentos similares utilizados en la oferta, promoción y publicidad, carácter vinculante, por lo que puedes exigir su cumplimiento al vendedor. Por lo tanto, ten en cuenta que:
Información en la oferta de venta
Deberás recabar la siguiente información que el promotor está obligado a enseñarte, ya que la ley le obliga a exhibírtela:
Además, están obligados a darte por escrito:
Venta de viviendas en proyecto o en construcción
Si la compra sobre plano es tu elección, ¡pon todavía más cuidado! Al fin y al cabo estás comprando algo que aún no existe, por lo que tienes que tomar algunas precauciones.
Requisitos previos a la ventaEl promotor no podrá firmar contratos privados de venta ni percibir cantidades a cuenta del precio, si previamente no cumple los siguientes requisitos: tiene que ser propietario del suelo donde se vaya a emplazar o tener sobre él derecho de superficie o de opción de compra inscrito en el Registro de la Propiedad; tuvo que haber obtenido las pertinentes licencias de edificación y disponer del proyecto técnico de la obra; tiene que otorgar la escritura de obra nueva; deberá formalizar antes de que las ventas comiencen, la apertura de la cuenta bancaria especial donde habrán de ser depositadas las cantidades entregadas a cuenta del precio así como el sistema de garantía de su devolución por el que hubiera optado.
Reserva de viviendas de futura construcción
Si el promotor aún carece de alguno de los requisitos que le exigen para poder vender, la ley posibilita que se firme un pacto de reserva de la vivienda con una serie de condiciones:
El precio de la reserva en ningún caso podrá superar el 1% del precio máximo de venta estimado.
Deberá formalizarse por escrito y deberá especificar el plazo dentro del cual, en su caso, el interesado podrá decidir la formalización del contrato de compraventa. El plazo no podrá ser inferior a quince días.
Deberán señalarse las características esenciales de: ubicación de la vivienda; superficie aproximada y el precio máximo de venta, asi como las fechas estimadas de inicio y finalización de obra, y la prevista para que pueda formalizarse el contrato.
Las cantidades que hayas entregado se considerarán, en todo caso, como cantidades adelantadas a cuenta del precio total de la venta.
Si decidieses no formalizar el contrato de compraventa dentro del plazo establecido, perderás las cantidades abonadas, excepto si el precio final es más alto del inicialmente estimado o si el promotor no hubiese cumplido los requisitos que la ley le exige.
El contrato de compraEl promotor, tiene la obligación de mostrarte un ejemplar del modelo de contrato que contenga las condiciones generales que utilice.
Está prohibida la inclusión de cláusulas que:
De cualquier forma faculten al vendedor a incrementar el precio durante la vigencia del contrato, excepto si se deben a modificaciones aceptadas por el comprador.
Impongan al comprador incrementos de precio derivados de errores que no le son imputables.
Establezcan la obligación del comprador de pagar gastos que por naturaleza o por ley corresponden al vendedor.
Omitan y oculten, en el caso de pago diferido, la cantidad aplazada, el tipo de interés anual sobre los saldos pendientes de amortización y las condiciones de amortización de los créditos concedidos.
Garantía de devolución de las cantidades entregadas a cuenta del precio
Cuando se compra una vivienda sobre plano o en construcción, lo normal es que vayas pagando ciertas cantidades de dinero de forma periódica mientras se construye la vivienda. Esas cantidades que entregas tienen que estar garantizadas por el promotor de la vivienda mediante un seguro o aval bancario. De esta forma tienes la seguridad de que en los casos en que la construcción no llegue a buen fin, la promotora podrá cumplir con su obligación de devolverte esas cantidades incrementadas, en general, con un 6 % de penalización. Por eso es muy importante que a la hora de firmar el contrato te asegures de que en él se incluye ese seguro o aval.
Si tienes la mala suerte de que finalmente la vivienda no se construya, exige la devolución de las cantidades que pagaste por un medio que deje constancia: requerimiento notarial, burofax...
Para poder entregarte una vivienda que hayas comprado en proyecto o en construcción o para poder comprar una vivienda nueva ya terminada, el promotor deberá haber cumplido los siguientes requisitos:
Tuvo que haber obtenido la licencia de primera ocupación concedida expresamente o por silencio administrativo. La licencia de primera ocupación es la licencia que otorga el Ayuntamiento acreditando que la vivienda es válida al haberse construido conforme al proyecto y demás obligaciones urbanísticas.
En el caso de Viviendas de Protección Autonómica también se exige la cédula de calificación o declaración definitiva
Deberá proceder previamente a dividir el crédito hipotecario entre los distintos pisos y locales de que conste el edificio
Deberá formalizar el libro del edificio.
¿Y si la casa, una vez construida, presenta desperfectos?
Si ves algún defecto, puedes solicitar su reparación, pero dentro de ciertos plazos:
La compra de vivienda nueva tiene los mismos gastos que la vivienda usada excepto en dos cosas:
Trámites posteriores a la venta
Los trámites posteriores a la venta son los mismos que en el caso de la compra de vivienda usada, excepto el pago del Impuesto Transmisiones Patrimoniales ya que en vivienda nueva se paga el I.V.A. (por el que no necesitas realizar ningún trámite), así que allí nos remitimos.
Los días 21/02/2025 a las 08:30 , 14/03/2025 a las 08:30
Desde el 27/01/2025 hasta el 31/01/2025
Desde el 21/11/2024 hasta el 04/12/2024
Desde el 17/01/2025 hasta el 20/01/2025
Hasta el 02/12/2024
(novo prazo)
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